lunes, 29 de diciembre de 2008

Primera sentencia probada en el defecto de fabricación de neumáticos

Dos conductores, heridos al chocar tres camiones en Osera de Ebro

Tres camiones colisionaron en la N-II, en el término de Osera de Ebro, y dos de los conductores resultaron heridos. El accidente se produjo cuando un camionero perdió el control del vehículo tras reventar la rueda.

Tras verificarse en un primer momento la rueda reventada, se estimó que ésta podría tener un defecto.

Nuestra Asesoría Pericial bajo la supervisión de José Mª Cerdán, Ricardo Cerdán y Roberto Cerdán procedió a efectuar un estudio exhaustivo conjuntamente con el INSIA para verificar posibles anomalías en el neumático reventado llegando a la conclusión final: La rotura producida en el flanco exterior del neumático de referencia GOODYEAR 315/80 R 22.5 156/150L 154/150M G391 pudo originarse como consecuencia del corte existente en la goma del revestimiento interior de la cubierta que pudo ser, presumiblemente, producido durante el proceso de fabricación y no detectado en la inspección final de dicho producto.

CONCLUSIONES DE LA SENTENCIA CONDENATORIA DE LA AUDIENCIA DE ZARAGOZA.

En la sentencia nº 84/2004 de la Audiencia de Zaragoza se condena a GOODYEAR DUNLOP TIRES, S.A. "por un defecto de fabricación que ocasionó de forma lenta y paulatina la infiltración de aire en el interior de la rueda, que fue separando y oxidando al entramado metálico de la misma hasta que la parte exterior del caucho no pudo resistir la presión y explosionó."(Punto Tercero - Fundamentos de Hecho).
"Se imputa al fabricante del producto defectuoso de responsabidad por los daños que originen los productos que fabrican. En el caso presente no cabe duda de que el neumático Goodyear-Dunlop se haya fabricado por Goodyear-Dunlop" (Punto Cuarto - Fundamentos de Hecho).

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